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El Tribunal Supremo anula los recortes a los abogados de oficio por parte del gobierno de Canarias.

El gobierno aprobó una norma regulando condiciones del ejercicio por parte de los colegios de abogados, entre otras cosas se contemplaron unos emolumentos menores de los percibidos con anterioridad.

El Alto Tribunal entra a valorar que la norma aprobada es una mera Orden. exisitiendo con anterioridad un Decreto, de mayor rango. al que en teoría vendría a sustituir.

Argumenta en la sentencia que dicho decreto no contempla delegación alguna en el órgano o consejería correspondiente. En cualquier caso, la norma citada pretendía no solo desarrollar el antedicho Decreto sino modificar sustancialmente la regulación de aquel. Hace al respecto el Tribunal un análisis de las diferencias de regulación y resulta obvio que se pretende hacer una regulación diferente del a existente. Hace notar el Tribunal que la regulación anterior había contemplado la derogación de los módulos y bases anterior, cosa que la precitada Orden se cuida de hacer.

Puedes consultar el texto íntegro

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